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Gran Enciclopedia Rialp: Humanidades y Ciencia. Última actualización 1991
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Duelo. Moral
Categoria:
Ética
Propiedad del contenido: Ediciones Rialp S.A.
Propiedad de esta edición digital: Canal Social. Montané Comunicación S.L.
Prohibida su copia y reproducción total o parcial por cualquier medio (electrónico, informático, mecánico, fotocopia, etc.)
    2. Juicio moral. Con respecto al d. propiamente dicho, tanto el mortal, que supone de necesidad la muerte de uno de los contendientes, como el que llaman ad primum sanguinem, en el que se da por terminado el combate al causarse la primera herida, merecen igual consideración moral negativa (v. bibl.). A fines del siglo pasado y principios de éste fueron objeto de discusión, las llamadas medidas o pruebas de fuerza, por desafíos colectivos entre campeones de las asociaciones estudiantiles en Alemania. (Bestimmungsmensur). Aunque, por lo general, quedaba descartado el peligro de muerte o de heridas graves, la Iglesia extendió a estos casos la condenación y las penas.

      El d. es inadmisible a la luz de la moral, natural o revelada, cualquiera que sea la intención con que se realice. Reviste la misma malicia que el suicidio (v.), el homicidio (v.) o la exposición temeraria de la vida. La permisión de la muerte propia, la provocación de la ajena o el comprometer peligrosamente la vida de un tercero, sólo se justifica con razones poderosas que, en definitiva, salvaguarden el bien común o valores superiores al de la propia vida o la ajena. Nada de esto ocurre en el d. Cualquiera que sea la injuria que se trata de rechazar, el procedimiento únicamente justo para conseguirlo es al amparo de la ley. Además, la muerte o la herida inferida al adversario no demuestra que éste haya sido el injuriante, ni mucho menos borra la injuria que está en el ánimo y no en la impericia o en la mala suerte del derrotado. Y «en verdad, decía León XIII, si vence el injuriado que desafió, cualquiera juzgará que es más diestro en manejar las armas, pero no que es más honesto. Y si es vencido, ¿no es ridículo pensar que con ello está recobrada la fama o el honor?». Si los resortes jurídicos fallaran, despreciar la injuria y soportar con dignidad sus consecuencias es prueba de verdadera fortaleza (v.), «virtud, decía el mismo Pontífice, que va acompañada de gloria no aparente ni engañosa».

      V. t.: VIDA IV y V; DEFENSA LEGITIMA; MUTILACIÓN; FAMA.
A. PEINADOR NAVARRO.
    BIBL.: CONC. DE TRENTO, sess. XXV, cap. 19 (Denz.Sch. 1830); LEóN XIII, Carta «Pastorales Officii» a los obispos de Alemania y Austria (Denz.Sch. 3273); SAGRADA CONGREGACIÓN DEL CONCIL[o, Decr. De quasi-duellis «Bestimmungs-Mensuren» (Denz.Sch. 3672); P. FOURNERET, Duel, en DTC IV,1845-1856; P. PALAZZINI y OTROS, Duello, en Enciclopedia cattolica, IV, Ciudad del Vaticano 1950, 1966-1970; L. BENDER, Duelo, en F. ROBERTI, Diccionario de Teología moral, Barcelona 1960, 411 ss.; I. RINALDI, Duellum, en P. PALAZZINI, Dictionarium morale et canonicum, II, Roma 1965, 208-212.

     

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