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Gran Enciclopedia Rialp: Humanidades y Ciencia. Última actualización 1991
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Bula de Oro
Categoria:
Historia
Propiedad del contenido: Ediciones Rialp S.A.
Propiedad de esta edición digital: Canal Social. Montané Comunicación S.L.
Prohibida su copia y reproducción total o parcial por cualquier medio (electrónico, informático, mecánico, fotocopia, etc.)
    Nombre dado durante la Edad Media a los decretos imperiales que por su importancia llevaban el sello de oro del Imperio, que se utilizaba desde Lotario 1 (843855). Pero la B. de O. es por antonomasia la ley fundamental del Sacro Imperio Romano Germánico (v. GERMÁNICO, IMPERIO) firmada por Carlos IV en 1356, que regulaba la elección imperial, la posición de los príncipes y diversos asuntos sobre la paz territorial. Esta B. de O. subsistió como constitución del Imperio hasta 1806.
      Antecedentes jurídicos. Desde la caída de los Staufen (mitad del s. XIII), el Imperio era electivo; ello trajo como consecuencia el periodo llamado de las elecciones per saltum entre las diferentes familias pretendientes. Desde finales del s. XIII luchaban por la corona real alemana, con resultado variable, las tres estirpes regias, cuyas casas alcanzaron mayor poderío en el este del Imperio, la de los Habsburgo (v.), la de los Luxemburgo (v.) y la de los Wittelsbach. En su origen, la elección fue un derecho de todo el pueblo alemán. Aun cuando de hecho sólo actuaran los magnates eclesiásticos y laicos, el resultado se tenía «por voluntad y obra de la comunidad». El resto del pueblo quedó limitado al papel de circunstante y al derecho de aclamación, desaparecido más tarde, en el s. xui. En la elección propiamente dicha sólo emitían su voto los electores más importantes, quienes con la observancia de la fórmula de elección tradicional llamaban por su nombre al elegido. Los demás asentían en voz común (consensus laudatio).
      Hasta final del s. xii no existieron principios fijos sobre la regulación jurídica de la elección. Desde antiguo, sin embargo, tenía especial importancia el arzobispo de Maguncia, a quien correspondía la prima vox y la dirección de la elección. Según el texto del Espejo de Sajonia, eran primeros en la elección los arzobispos de Maguncia, Tréveris y Colonia, el conde Palatino del Rin, el duque de Sajonia y el margrave de Brandeburgo. Tras ellos elegían los demás príncipes. A los seis primeros sólo les era lícito pronunciar su elección por aquel que la totalidad de los príncipes habían elegido rey en una reunión previa. La práctica de la elección modificó la doctrina del Espejo de Sajonia, de suerte que los primeros en la elección llegaron a ser los únicos electores. El elegido no podía ser cojo, ni leproso, ni estar legítimamente excomulgado por el Papa. Debía proceder de nacimiento libre y legítimo y no haber perdido su derecho.
      Promulgación y finalidades. Estando así la situación institucional alemana, resultó elegido Emperador por los adversarios de Luis de Baviera, Carlos de Luxemburgo, rey de Bohemia, con el nombre de Carlos IV (134678) (v. LUXEMBURGO, CASA DE). Educado en París, dominaba el francés, alemán, latín, italiano y checo, gozó de las simpatías de la corte pontificia de Aviñón, pero despertó la desconfianza de los nacionalistas germánicos. Carlos IV, hombre práctico, sabía negociar, era buen diplomático y muy perseverante en sus ideas. La base de su poder era el reino de Bohemia y sus derechos imperiales los empleó en Alemania en beneficio de su dinastía, con la intención de estabilizar la situación. Carlos miró el Sacro Imperio Romano Germánico como un anacronismo, pero no así a la monarquía alemana, a la que intentó dar un núcleo de organización para fortalecer en lo posible la institución Imperial. Como hemos visto, nada existía que pudiera llamarse constitución y sí sólo tradiciones y leyes confusas. Alemania era un conjunto de principados y ciudadesestado entre los que la monarquía estaba a punto de convertirse en una mera ficción legal que sería la fuente de sus privilegios. La Dieta Imperial era una disforme asamblea de príncipes, irregularmente atendida y un instrumento débil. La discordia entre los príncipes electores había sido hasta entonces la causa principal de las guerras civiles. El intento de Carlos IV para definir este cuerpo y darle mayor solidaridad, se plasmó en la celebrada B. de O. de 1356, que se convirtió en una especie de ley fundamental. Carlos había preparado el terreno reduciendo las apetencias a electores. El voto bávaro quedó excluido y el voto sajón fue asignado al duque de SajoniaWittemberg. La misma B., con mucha pompa y ceremonial, establecía la forma expeditiva para la elección del Rey de Romanos en el momento en que quedara vacante el trono, mediante la unanimidad o mayoría de votos de los siete electores, fijando el papel de cada uno en el ceremonial.
      Comprendía la B. 31 artículos: cuatro reglamentaban el curso de las monedas, disminuían el número de peajes y proclamaban el restablecimiento de la paz pública; los 27 restantes definían las modalidades de la elección imperial. Su primera parte, que comprendía los 24 primeros artículos, fue publicada el 10 en. 1356 en Nuremberg; la segunda, el 25 de diciembre del mismo año en Metz. El texto de la B. utiliza en algunos lugares el llamado Espejo de Sajonia y sólo recibiría tal denominación a fines del s. xiv. El número de los príncipes electores se fijaba en siete, cada uno titular de una dignidad de la corte: los arzobispos de Maguncia, Colonia y Tréveris eran respectivamente archicancilleres de Alemania, Italia y Arles. Los cuatro electores laicos eran el rey de Bohemia, gran escanciador del Imperio; el conde del Palatinado, gran senescal; el duque de Sajonia, gran mariscal, y el margrave de Brandeburgo, gran chambelán. A la muerte del Emperador, el arzobispo de Maguncia convocaba a los electores en Francfort del Main, donde la elección debía tener lugar antes de 30 días, y el elegido, aunque el cuerpo electoral no estuviera completo, debía tener un mínimo de cuatro votos. La coronación se debería llevar a cabo en Aquisgrán, acto seguido. Durante la vacante, el conde Palatino del Rin asumiría el cargo de provisor imperii. Ley importantísima era la que formulaba que el elegido debía de abstenerse de actos de gobierno en tanto no confirmara los privilegios y derechos de los electores.
      La B. de O. no fue una innovación; sino la reglamentación de las tradiciones y leyes que se empleaban desde siglos de una manera irregular. Más que un acto de autoridad, fue como una gran carta de los príncipes electores. Por ella se suprimía la coronación en Roma y toda la injerencia del Papa en la elección imperial. Pero aumentaba el poder latifundista de los grandes señores al proclamar la indivisibilidad de las tierras de los electorados y reconocer a sus titulares la plenitud de derecho y regalías. De hecho, venía a confirmar los derechos y poderes de los electores que se convirtieron más en aliados que en súbditos del Emperador. V. t.: GERMÁNICO, IMPERIO.
     
     
SALVADOR CLARAMUNT.
    BIBL.: A. von HARNAcK, Das Kurfürstenkollegium bis zur Afitte des XIV Iahrhundertes nebst kritischen Abdrucke der ültesten Ausfertigung der Goldenen Bulle, Giessen 1887; H+HK, Ursprung und Bedeutung der Goldenen Bulle, Breslau 1903; K. ZEUMER, Die Goldene Bulle Karis IV, 1908; H. BRUNNER, Historia del Derecho germánico, Barcelona 1936.
     

Propiedad del contenido: Ediciones Rialp S.A. Gran Enciclopedia Rialp, 1991.
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